LOS AFECTADOS EN ACCIDENTE DE TRÃFICO CON DAÑOS TIENEN DERECHO A SER INDEMNIZADOS
1. EL CONDUCTOR CULPABLE si es que la cobertura de su póliza de seguros de automóviles lo incluye O si tiene contratados seguros de accidentes, hogar,…y está incluido en la coberturas.
2. EL CONDUCTOR NOCULPABLE por responsabilidad civil o penal de terceros.
3. TODOS OCUPANTES DE LOS VEHÃCULOS por responsabilidad del conductor causante del accidente.
4. PEATONES atropellados salvo “culpa exclusiva de la vÃctimaâ€.
5. FAMILIARES DE FALLECIDOS . en función de edad de la vÃctima, del parentesco y del grado de dependencia.
El hecho de carecer de seguro no priva de indemnización. a las vÃctimas, pues correrá con los gastos, el Consorcio de compensación de Seguros.
Los daños pueden ser de dos tipos
1. DAÑOS PERSONALES
• Muerte
• Incapacidad por lesiones permanentes o temporales
2. DAÑOS MATERIALES
Caso de padecer daños personales
Los Seguros siempre tratarán de derivar para que reciban el tratamiento de sus lesiones hacia clÃnicas con las que tienen convenio de la Unión Española de Entidades Aseguradoras.
Pero ¡cuidado! estas clÃnicas están sujetas a recibir instrucciones para la atención, y suelen cobrar de forma baremada, es decir pueden verse presionadas de forma directa para concluir o no dar el tratamiento, o también indirectamente, pues al recibir una cantidad fija por todo el tratamiento, puede no serles rentable.
Lo aconsejable pues, es realizar el tratamiento de forma autónoma, o con empresas como SOSaccidenta2 que le facilitarán el acceso a estos servicios sin adelantos de dinero, y luego reclamarán su coste junto con el resto de la indemnización.
RECLAMAR
• Reclamación AMISTOSA
Efectuada ante la compañÃa de seguros responsable, la cual tiene plazo de tres meses desde la recepción de la reclamación (acreditada la responsabilidad y cuantificados los daños), para presentar una “OFERTA MOTIVADAâ€
• Reclamación JUDICIAL
Se presenta demanda ante el Juzgado por reclamación de cantidad, aportando todas las pruebas, parte de accidentes, facturas de reparación, de sanidad, informe de reconstrucción de accidente, Informe de secuelas por médico valorador. etc
PLAZOS A CONSIDERAR
• Debe informar a su compañÃa de seguros antes de 7 dÃas.
• Para presentar demanda el plazo es de 1 año desde el alta.
Aunque la “Defensa JurÃdica†está cubierta en póliza, la libre elección de abogado está limitada a ciertas cuantÃas y condiciones.
Acuda a los especialistas de SOSaccidenta2, que actuarán sin presiones de las aseguradoras, y le facilitaran el acceso a una sanidad independiente, a la reconstrucción del accidente, expertos en seguros que analizará las coberturas de su póliza, una valoración pericial del daño corporal, y a abogados con larguÃsima experiencia en accidentes.
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